Expertos en Concursos de Méritos. Servicio de evaluación digital diagnóstica de conocimientos y competencias.

Renta para Docentes Pensionados 2024

¿Eres pensionado? Descubre si debes declarar renta este año y cómo hacerlo

Los docentes pensionados en Colombia deben prestar especial atención a los nuevos requisitos para la declaración de renta establecidos por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). Esta guía exhaustiva desglosa quiénes están obligados a declarar, las novedades introducidas para el año fiscal 2023 y 2024, y los pasos necesarios para cumplir con estas obligaciones tributarias de manera eficiente.

Según la Resolución 000187 del 28 de noviembre de 2023, mediante la cual se establecen las bases para el cálculo de la UVT en el año 2024, su valor fue fijado en $47.065 pesos colombianos.

Ingresos Gravados y Exenciones

Las pensiones de fuente nacional y del exterior tienen una parte que goza de renta exenta hasta 1.000 UVT por mes. La Ley 2277 de 2022, aplicable desde el año gravable 2023 en adelante, ha igualado la renta exenta para las pensiones del exterior con las nacionales. Dentro de los ingresos no constitutivos de renta, solo se pueden restar los aportes a salud obligatorios. Esta cédula no permite restar costos, gastos ni deducciones adicionales, y nunca generará una pérdida.

Cédulas de Renta

El artículo 330 del Estatuto Tributario establece que la depuración de las rentas correspondientes a cada una de las cédulas (general, rentas de pensiones, y dividendos y participaciones) se efectuará de manera independiente. Las rentas líquidas cedulares se suman para determinar la renta líquida gravable, sobre la cual se aplica la tarifa del impuesto según el artículo 241 del Estatuto Tributario.

Lo anterior es muy importante para los docentes nombrados bajo el decreto 2277 de 1979, que ya se encuentran pensionados y aún se encuentran ejerciendo.

Requisitos para Declarar en 2024

Para el año fiscal 2023, los docentes pensionados, los asalariados y las personas naturales obligados a presentar declaración de renta son aquellos que cumplen con los siguientes criterios:

  • Patrimonio bruto: Si al 31 de diciembre de 2023 supera los $190,854,000.
  • Ingresos totales: Más de $59,377,000.
  • Consumos con tarjeta de crédito: Superiores a $59,377,000.
  • Compras y consumos: Excedan $59,377,000.
  • Consignaciones bancarias acumuladas: Más de $59,377,000.

Además, los docentes pensionados deben actualizar su estatus en el Registro Único Tributario (RUT) cambiando su actividad económica a “0020 Pensionado”.

Procedimiento para Declarar

  1. Actualizar el RUT: Los docentes pensionados deben asegurarse de que su RUT esté actualizado, reflejando la actividad económica “0020 Pensionado”. Si el pensionado tiene otras actividades económicas, estas también deben estar registradas con la fecha desde que se ejercen y dependiendo de cuál genera mayores ingresos.
  2. Revisar las Fechas de Declaración: La DIAN ha establecido un calendario específico para la presentación de la declaración de renta basado en los últimos dígitos del NIT. Las fechas van desde el 12 de agosto hasta el 24 de octubre de 2024. Es crucial presentar la declaración en la fecha correspondiente para evitar sanciones.

Para saber esta información debe verificar cuáles son dos últimos dígitos de su NIT (Número de Identificación Tributaria) o los dos últimos de su cédula de ciudadanía. Dependiendo de ese dato, deberá declarar renta en la fecha señalada por la Dian para 2024:

  • 1 y 2: 12 de agosto del 2024
  • 3 y 4: 13 de agosto del 2024
  • 5 y 6: 14 de agosto del 2024
  • 7 y 8:15 de agosto del 2024
  • 9 y 10: 16 de agosto del 2024
  • 11 y 12: 20 de agosto del 2024
  • 13 y 14: 21 de agosto del 2024
  • 15 y 16: 22 de agosto del 2024
  • 17 y 18: 23 de agosto del 2024
  • 19 y 20: 26 de agosto del 2024
  • 21 y 22: 27 de agosto del 2024
  • 23 y 24: 28 de agosto del 2024
  • 25 y 26: 29 de agosto del 2024
  • 27 y 28: 2 de septiembre del 2024
  • 29 y 30: 3 de septiembre del 2024
  • 31 y 32: 4 de septiembre del 2024
  • 33 y 34: 5 de septiembre del 2024
  • 35 y 36: 6 de septiembre del 2024
  • 37 y 38: 9 de septiembre del 2024
  • 39 y 40: 10 de septiembre del 2024
  • 41 y 42: 11 de septiembre del 2024
  • 43 y 44: 12 de septiembre del 2024
  • 45 y 46: 13 de septiembre del 2024
  • 47 y 48: 16 de septiembre del 2024
  • 49 y 50: 17 de septiembre del 2024
  • 51 y 52: 18 de septiembre del 2024
  • 53 y 54: 19 de septiembre del 2024
  • 55 y 56: 20 de septiembre del 2024
  • 57 y 58: 23 de septiembre del 2024
  • 59 y 60: 24 de septiembre del 2024
  • 61 y 62: 25 de septiembre del 2024
  • 63 y 64: 26 de septiembre del 2024
  • 65 y 66: 27 de septiembre del 2024
  • 67 y 68: 1 de octubre del 2024
  • 69 y 70: 2 de octubre del 2024
  • 71 y 72: 3 de octubre del 2024
  • 73 y 74: 4 de octubre del 2024
  • 75 y 76: 7 de octubre del 2024
  • 77 y 78: 8 de octubre del 2024
  • 79 y 80: 9 de octubre del 2024
  • 81 y 82: 10 de octubre del 2024
  • 83 y 84: 11 de octubre del 2024
  • 85 y 86: 15 de octubre del 2024
  • 87 y 88: 16 de octubre del 2024
  • 89 y 90: 17 de octubre del 2024
  • 91 y 92: 18 de octubre del 2024
  • 93 y 94: 21 de octubre del 2024
  • 95 y 96: 22 de octubre del 2024
  • 97 y 98: 23 de octubre del 2024
  • 99 y 00: 24 de octubre del 2024.

Tarifa de Renta por Pensiones

La renta líquida gravable por concepto de pensiones se suma a la renta líquida de la cédula general o la renta presuntiva (la mayor) y se aplica la tabla del artículo 241 del Estatuto Tributario. Es importante tener en cuenta que la declaración sugerida por la DIAN, basada en la información exógena reportada por terceros, no calcula la renta exenta de pensiones. Por tanto, el valor de esa renta exenta en la declaración sugerida siempre será cero.

Recomendaciones

  1. Verificar la Declaración Sugerida: Al presentar la declaración de renta, es fundamental revisar la declaración sugerida por la DIAN y corregir cualquier error relacionado con la renta exenta de pensiones.
  2. Documentación Completa: Asegúrese de contar con toda la documentación necesaria, incluyendo certificados de ingresos y retenciones, estados de cuenta bancarios, y comprobantes de aportes a salud.
  3. Asesoría Profesional: Considerar la asesoría de un contador o asesor tributario para garantizar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y maximizar las deducciones aplicables.

Para facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, Evaluandote.com ofrece un servicio de asesoría tributaria exclusiva para docentes por un valor de $150,000 (Para más información contacta al whatsapp 3214458361). Este servicio está diseñado para ayudar a los docentes a presentar su declaración de renta de manera precisa y eficiente, contrastando la declaración sugerida por la DIAN con la información exógena reportada por terceros. Con el apoyo de nuestros expertos, los docentes pueden asegurarse de que todas las exenciones y deducciones aplicables se hayan considerado correctamente, evitando errores y posibles sanciones.

Consecuencias de Declarar Fuera de Plazo

Las personas naturales que estén obligadas a presentar su declaración de renta y no lo hagan dentro de los plazos estipulados, enfrentarán sanciones conforme a la legislación vigente.

  • Sanción por Extemporaneidad: Si tu declaración se realiza pasada la fecha límite, incurrirás en una penalidad conocida como sanción por extemporaneidad, la cual representa el 5% del impuesto debido, incrementándose mensualmente por cada mes o fracción de mes de retraso desde la fecha límite hasta el momento de la presentación efectiva de la declaración.
  • Sanción Mínima en 2023: Para el año 2023, la sanción mínima por incumplimientos o errores en las obligaciones con la DIAN es de $424.000. Esto significa que, incluso por un retraso de un solo día, se incurre en esta penalidad, independientemente de si el cálculo de tu declaración resulta en un monto a pagar de cero.
  • Notificación de Advertencia: Recibirás una notificación advirtiéndote que dispones de un mes para efectuar el pago del impuesto adeudado. De no cumplirse este plazo, se aplicará un recargo adicional del 10%, según lo establece el artículo 642 de la legislación tributaria.
  • Penalidades Adicionales: En caso de no declarar el impuesto sobre la renta bajo las circunstancias mencionadas, se aplicará una sanción adicional del 20% sobre el valor de tus consignaciones bancarias o ingresos brutos, dependiendo del período en el cual no se haya declarado o en función de los ingresos reportados en la última declaración, conforme al artículo 643 de la ley.

En definitiva, la obligación de declarar renta puede parecer un proceso complejo para los docentes pensionados, pero con la información adecuada y la preparación correcta, se puede cumplir con esta obligación sin mayores inconvenientes. Mantenerse actualizado sobre las novedades fiscales y asegurarse de que toda la documentación esté en orden es vital para evitar sanciones y asegurar que se aprovechen todas las exenciones y beneficios fiscales disponibles.

También puede leer: Declaración de Renta de Docentes en 2024

This website uses cookies to improve your experience. We'll assume you're ok with this, but you can opt-out if you wish. Accept Read More