Permisos, Licencias y Comisiones Docentes
Conoce los Derechos Laborales del Magisterio: Guía para Docentes Colombianos
En el ámbito educativo colombiano, tanto los docentes recién incorporados como los de larga trayectoria gozan de una serie de derechos laborales fundamentales, entre los que se incluyen diversos permisos, licencias y comisiones. Estos derechos, amparados por el Estatuto Docente 2277 de 1979 y el 1278 de 2002, son esenciales para el bienestar y la equidad en el sector educativo. Sin embargo, es notable que una gran parte del gremio docente no está plenamente informada sobre estos beneficios, lo que resulta en una subutilización de los mismos, incluso en momentos críticos para su bienestar personal y profesional.
Permisos: Una Ventana a la Flexibilidad Laboral
Los permisos representan una autorización formal para que los docentes se ausenten de sus responsabilidades laborales bajo ciertas condiciones. Estos incluyen:
- Permisos Remunerados: Por hasta tres días hábiles consecutivos por causas justificadas, con la aprobación requerida por escrito de la autoridad competente.
- Permiso por Lactancia: Beneficio para madres docentes. El empleador está en la obligación de conceder a la trabajadora dos descansos de treinta (30) minutos cada uno, dentro de la jornada para amamantar a su hijo sin descuento alguno del salario por dicho concepto, durante los primeros seis (6) meses de edad.
- Permiso por Calamidad Doméstica: Hasta tres días por enfermedad grave o cinco días fallecimiento de familiares cercanos.
- Permiso por Fuerza Mayor o Caso Fortuito: Con duración variable según la situación, sujeto a la presentación de evidencia justificativa.
- Permiso por Ser Jurado de Votación y por Ejercer el Derecho al Voto: Incentivos que promueven la participación cívica de los docentes, un día y en ocasiones día y medio.
Licencias: Garantizando el Bienestar Docente
Las licencias ofrecen a los educadores la posibilidad de atender asuntos personales, de salud o profesionales sin comprometer su estabilidad laboral. Entre estas se encuentran:
- Licencia Ordinaria No Remunerada: Disponible hasta por 90 días al año, sujeta a las necesidades del servicio.
- Licencias por Enfermedad o Maternidad: Reguladas por el sistema de seguridad social, asegurando la protección durante estos periodos vitales. En el caso de la maternidad, por la ley 1822 de 2017 se aumentó de 14 a 18 semanas.
- Licencia de Paternidad: Ampliada recientemente. El esposo o compañero permanente tendrá derecho a ocho (8) días hábiles de licencia remunerada de paternidad. La licencia remunerada de paternidad opera por los hijos nacidos del cónyuge o de la compañera. El único soporte válido para el otorgamiento de la licencia remunerada de paternidad es el registro civil de Nacimiento, el cual deberá presentarse a la EPS a más tardar dentro de los 30 días siguientes la fecha del nacimiento del menor.
Comisiones: Expandiendo Horizontes Profesionales
Las comisiones permiten a los docentes asumir temporalmente funciones en otros lugares o dedicarse al estudio, enriqueciendo su trayectoria profesional. Estas incluyen:
- Comisión de Servicios: Para atender actividades oficiales por hasta 60 días, prorrogables según necesidad.
- Comisión de Estudios: Como estímulo para la formación continua, pudiendo ser remuneradas o no.
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Otros Permisos: Reconociendo la Importancia del Equilibrio Vida-Trabajo
Además, algunas secretarías de educación han implementado permisos adicionales como el día del cumpleaños, el día de la familia y la tarde de juego, fomentando el bienestar emocional de los docentes.
Marco Normativo: La Base de los Derechos Laborales
El conjunto de derechos laborales de los docentes se sustenta en un sólido marco normativo que incluye, entre otros, el Decreto-Ley 2277 de 1979, el Decreto Ley 1278 de 2002, y la Ley 115 de 1994. Estas regulaciones no solo establecen los derechos, sino también los procedimientos y condiciones bajo los cuales se pueden ejercer, asegurando así un entorno laboral justo y equitativo para todos los profesionales de la educación en Colombia.
En suma, es imperativo que todos los docentes y directivos docentes se familiaricen con estos derechos y los ejerzan cuando sea necesario. Hacerlo no solo beneficia a los individuos, sino que también enriquece el ambiente educativo, promoviendo una cultura de respeto, apoyo y desarrollo profesional continuo.