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CNSC Actualiza Banco de Elegibles

CNSC regula el Banco Nacional de Listas de Elegibles para la administración pública

La Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC) ha establecido nuevas directrices mediante el Acuerdo Número 19, fechado el 16 de mayo de 2024, con el objetivo de normar la gestión del Banco Nacional de Listas de Elegibles (BNLE). Este sistema es muy importante para la carrera administrativa en el sector público y otros regímenes especiales que así lo requieran.

Dicho acuerdo entró en efecto el 17 de mayo de este año

Los interesados pueden acceder a los detalles del BNLE a través del Módulo BNLE en el Portal SIMO 4.0, o cualquier otra plataforma que la CNSC determine adecuada. Este módulo facilita la organización, administración y supervisión del BNLE, siguiendo las pautas dictadas por la comisión.

La publicación de las listas de elegibles se efectuará en el portal oficial de la CNSC, en los sitios web correspondientes a las entidades que solicitaron el concurso de méritos y directamente en el BNLE.

Después de que se anuncien las listas, las Comisiones de Personal de las entidades implicadas tendrán cinco (5) hábiles días siguientes a la referida publicación, la exclusión de la persona o personas que la integren, cuando haya comprobado cualquiera de las causales establecidas en el artículo 14 del Decreto Ley 760 de 2005:

  • Fue admitida al concurso sin reunir los requisitos exigidos en la convocatoria.
  • Aportó documentos falsos o adulterados para su inscripción.
  • No superó las pruebas del concurso.
  • Fue suplantada por otra persona para la presentación de las pruebas previstas en el concurso.
  • Conoció con anticipación las pruebas aplicadas.
  • Realizó acciones para cometer fraude en el concurso.

Nota: (Artículo declarado EXEQUIBLE por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-318 de 2006)

Además, el acuerdo define la validez de las listas de elegibles, la cual comienza una vez que el acto administrativo correspondiente sea efectivo legalmente, siendo aplicable de manera colectiva o individual. En consecuencia, las entidades deben proceder con los nombramientos y las posesiones de los candidatos seleccionados.

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La duración de la validez de las listas de elegibles varía según el sistema de carrera y puede extenderse hasta dos años después de que todos los candidatos hayan sido confirmados en sus cargos.

El acuerdo también establece que el uso de estas listas es sujeto a tarifas en determinadas condiciones, como la provisión efectiva de vacantes, la generación de nuevas vacantes durante la vigencia de la lista, o la necesidad de cubrir puestos temporales. Por cada uso de la lista, las entidades deberán contribuir con el equivalente a un salario mínimo mensual legal vigente.

Este ajuste reglamentario promete un manejo más estructurado y justo de los recursos humanos en la administración pública, asegurando transparencia y equidad en el proceso de selección. Para consultar el Acuerdo, ingrese aquí.

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