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Corte protege pensión de mujeres víctimas de violencia

La Corte Suprema establece un precedente clave para proteger pensiones en casos de violencia intrafamiliar.

En una reciente emisión del programa “Aló Maestro”, María Fernanda Ruiz Velasco, abogada del grupo jurídico Asleyes, expuso un relevante fallo de la Corte Suprema de Justicia sobre la pensión de sobrevivientes, específicamente para mujeres separadas que enfrentaron situaciones de violencia intrafamiliar.

La Corte Suprema estableció en enero de este año un precedente fundamental sobre este tipo de pensión, enfatizando un enfoque diferencial con perspectiva de género.

Caso Analizado

La abogada presentó el caso particular de una mujer cuya convivencia con su pareja (el causante) duró más de cinco años (2011-2020) y fue interrumpida debido a violencia psicológica constante y agresiones físicas graves.

El 15 de junio de 2020, el causante atacó a la mujer e intentó atentar contra su propia vida, falleciendo en dicho incidente. Posteriormente, ella solicitó a Porvenir la pensión de sobrevivientes, la cual fue inicialmente negada bajo el argumento de interrupción previa de convivencia.

Decisiones Judiciales

  1. Primera instancia (Juzgado 18 Laboral de Medellín):

    • Reconoció la pensión de sobrevivientes, argumentando que la interrupción se debió a la violencia intrafamiliar, aplicando un enfoque diferencial de género.

  2. Segunda instancia (Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín):

    • Confirmó la decisión anterior, reconociendo la convivencia efectiva previa al incidente, pese a una interrupción de seis meses causada por violencia de género.

  3. Recurso de Casación (Corte Suprema de Justicia):

    • La Corte Suprema reafirmó las decisiones anteriores, destacando la importancia de aplicar una perspectiva de género en estos casos.

    • Resaltó que las decisiones judiciales deben basarse en mecanismos internacionales de protección a mujeres víctimas de violencia.

    • Indicó que no se debe aplicar de manera rígida el requisito de convivencia cuando ésta haya sido interrumpida para salvaguardar la integridad física y emocional de la mujer afectada.

Consideraciones Jurídicas Claves de la Corte Suprema

  • Perspectiva de Género: Los jueces deben considerar la situación particular de violencia intrafamiliar que obliga a la separación física para proteger la vida e integridad de la víctima.

  • No revictimización: Evitar que las decisiones judiciales revictimicen a las mujeres que se separan por violencia.

  • Reconocimiento del aporte femenino: La mujer contribuye significativamente al hogar y, por ende, al derecho a la pensión adquirida por el causante, incluso cuando hay interrupción por razones de violencia.

Impacto del Fallo

Esta decisión representa un avance jurídico significativo en Colombia, ya que establece jurisprudencia para proteger derechos pensionales de mujeres separadas debido a violencia intrafamiliar, garantizando que no pierdan su derecho por situaciones que las obligaron a interrumpir la convivencia.

Además, insta a todas las instancias judiciales a seguir estándares internacionales en casos similares, reforzando así la protección integral de los derechos humanos con enfoque de género.

El fallo de la Corte Suprema brinda un precedente clave para proteger a mujeres víctimas de violencia intrafamiliar, asegurando que no pierdan beneficios pensionales a causa de separaciones forzadas por su propia seguridad. Este enfoque de género se convierte en una herramienta esencial para la justicia social y la equidad de género en Colombia.

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